La vista se ha celebrado este martes en los Juzgados de Salamanca con la declaración del acusado y de la víctima. Los hechos enjuiciados giran en torno a la siguiente frase textual presuntamente pronunciada por el hombre a través de su terminal móvil: “Hija de puta, como te acerques por el colegio del niño te voy a reventar la cabeza, a ti y a tu familia”
Un hombre, cuyas iniciales responden a J.C.M.C., ha sido procesado durante la mañana de este martes en la sala de penal número dos de los Juzgados de Salamanca por un delito leve de amenazas en el ámbito de la violencia doméstica. El Ministerio Fiscal pide para él una pena de 6 meses de cárcel, 1 año y 1 día de privación de armas y 1 año y 6 meses de alejamiento de su exmujer, víctima de las presuntas amenazas.
Los hechos sucedieron el pasado 15 de marzo en una conversación telefónica entre un hombre y su expareja. Ambos con un hijo en común y envueltos en otros procesos judiciales como el relativo a su matrimonio en régimen de bienes gananciales. Recientemente el hombre había logrado la custodia compartida de su hijo con la mujer también en los tribunales.
Según consta en la instrucción del caso, el hombre habría pronunciado una frase que incluye insultos y amenazas durante dicha llamada telefónica, grabada por la mujer y admitida en la causa, aunque no reproducida como prueba pericial durante la vista: “Hija de puta, como te acerques por el colegio del niño te voy a reventar la cabeza, a ti y a tu familia”, textualmente.
El acusado en su declaración ha asegurado no recordar haber pronunciado esa frase y la ha contextualizado en una comunicación “acalorada” en la que mediaron provocaciones por parte de la mujer. Según la cronología de los hechos, no contravenida por ninguna de las partes, se produjo una primera llamada en un tono cordial para tratar la recogida del niño de ambos por parte del padre. Pasados 12 minutos, la mujer devolvió esa comunicación y se produjo el enfrentamiento verbal.
Según la declaración de la mujer, es habitual que su exmarido se dirija a ella en términos vejatorios y amenazantes por lo que tomó la decisión de grabar las llamadas entre ellos mediante una aplicación instalada en su teléfono móvil. Además, ha confesado que pensaba que las hostilidades finalizarían tras divorciarse del acusado, aunque asegura que no estaba en lo cierto.
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones ha mantenido sus requerimientos para el acusado al considerar probado un delito leve de amenazas en el ámbito doméstico. En el mismo sentido, la acusación particular personada en la causa en representación de la mujer ha solicitado sentencia condenatoria para el acusado al considerar probada la autoría de los hechos que se enjuician y ha añadido que también se ha demostrado que el hombre es proclive a insultar y amenazar a su exmujer.
Sin embargo, la defensa del hombre ha solicitado la libre absolución al no considerar probada ninguna amenaza. Si bien no niega que se hayan producido ambas llamadas, defiende que no se puede tener en consideración la grabación de la segunda de ellas como prueba, puesto que no se ha reproducido durante la vista oral y ha citado jurisprudencia en este sentido. Además, considera sorprendente que los hechos producidos el 15 de marzo fueran denunciados 13 días después, el 28. En último término, ha advertido como una anomalía que la mujer grabe cada conversación con su exmarido, dejando en el aire una posible intromisión en el derecho a su intimidad.
fuente de la noticia: www.salamanca24horas.com