EL MINISTRO DE EXTERIORES GARCÍA MARGALLO ES EL CLARO EJEMPLO DE QUE GRABAR UNA CONVERSACIÓN TELEFÓNICA, EN ESTE CASO 463 LLAMADAS, ES LEGAL.
Grabar una conversación telefónica es legal, pero no porque las grabe el Ministerio, sino porque lo hace de la manera que hay que hacerlo para no incumplir la Ley.
En numerosas ocasiones, a pesar del natural instinto que nos impulsa a defendernos de lo injusto, de la mentira o de acciones de terceros que han cometido un acto ilegal o ilícito en contra de nuestra persona o de nuestros intereses, y que pretenden quedar impunes ante la Ley, aunque ello suponga dañarnos, a pesar de todo lo que la lógica nos dice que tendríamos que hacer para defendernos, muchas veces no podemos hacer nada, pues la Ley no está de nuestro lado.
Puedes tener también conflictos vecinales, nepotismo del Ayuntamiento por alguno de los vecinos, favoreciéndole injustamente ante un conflicto que tenga contigo. Contra esto poco se podría hacer también, y la situación derivada de la no solución de los problemas que te estén afectando te obligará a vivir pisoteado por aquél que prevarica en tu contra a favor del otro y por el otro mismo.
También son injustas situaciones de desamparo que se producen, por ejemplo, con las grandes Compañías de Suministros (Telefonía, gas, Agua, Electricidad…), contra las cuales reclamar cualquier asunto, solucionar cualquier tema o dar de baja un servicio puede llegar a ser toda una aventura, que además muchas veces no llega a buen término.
Es decir, que estamos inmersos en una sociedad que tiene un Sistema Legal tan garantista que para defendernos de una injusticia somos nosotros quienes hemos de demostrar que un tercero, de alguna manera, nos está agrediendo.
En el caso que se refiere a las gestiones realizadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores Español con relación al caso del rescate de los tres espeleólogos españoles accidentados en Marruecos, y según dice el propio Ministro José Manuel García Margallo (12 de Abril de 2015), “se ha intentado hacer todo lo posible para colaborar en el salvamento de los espepeleólogos, a través del ofrecimiento constante de apoyo con medios españoles, como son un avión o la propia Guardia Civil, etc…, que estaban preparados para actuar, pero ha sido rechazado siempre por Marruecos”.
Este ofrecimiento de colaboración aportando medios españoles, por lo que dice también el propio Ministro, se ha realizado, al menos en parte, a través de 463 conversaciones que se han mantenido telefónicamente con Marruecos, y que han sido grabadas.
El Ministerio utilizará las citadas grabaciones para defenderse de las acusaciones de haber “consentido” la muerte de los espeleólogos españoles, ya que del contenido de esas conversaciones se podrá extraer que realmente existió una firme postura por parte del Ministerio en el sentido de insistir contundentemente en colaborar en el rescate, así como una postura de negación y rechazo por parte de Marruecos. Y en caso de ser de otra manera, quedará también aclarado lo que realmente trataron ambas partes.
Queda claro lo importante que es poder demostrar un hecho para defenderte de una acusación, o para acusar a alguien por algún hecho que vaya en contra de la Ley, y de ti mismo.
¿Es entonces legal grabar las conversaciones telefónicas?…. ¿Es legal hacerlo, además, sin avisar a tu interlocutor?… Y si lo es… ¿lo es para todos, o sólo para algunos?
La respuesta es sencilla. No sólo el Ministerio de Asuntos Exteriores o similares puede grabar sus llamadas. También tú puedes hacerlo y defenderte así, por ejemplo, de acusaciones falsas.
Con BUROVOZ es legal grabar tus conversaciones telefónicas; ¡¡siempre!!
¿Y por qué es legal? Es legal, básicamente, porque no incumple los dos Derechos Fundamentales que protegen la intimidad de las personas en el sentido de que se graben sus comunicaciones.
La Constitución dice que todos tenemos derecho al secreto de nuestras comunicaciones, y alguien podría decir que al grabar una conversación con otro individuo estaríamos vulnerando ese derecho. Pero no es así, ya que el contenido de la conversación grabada es el mismo que, como partícipe de la conversación, ya conozco, luego al grabar la conversación no estoy vulnerando este derecho.
Y mientras no divulgue el contenido, la grabación será legal, pues el derecho a la intimidad, Derecho Fundamental también, de la persona grabada, se mantendrá a salvo por no salir fuera del entorno en el que esa misma persona ha decidido comunicar algo, que es el de la conversación telefónica propiamente dicha, no vulnerando por tanto tampoco este Derecho Constitucional.
Por otro lado, la conversación grabada no puede ser manipulada por quien la custodia, el Tercero e Confianza, que tiene Certificación Digital y Firma de Tiempo, y que se limita a guardar en su matriz la función resumen del contenido de la grabación, sin tener acceso a ella, pudiendo garantizar la inalterabilidad de lo grabado a través del Servicio BUROVOZ, generando un Certificado y un Archivo de Audio para cada grabación que son accesibles al usuario para su consulta, y descargables, tantas veces como este requiera.